La CNE recomienda a las comunidades autónomas que impongan a las eléctricas la refacturación demandada por FACUA

18.03.2009 18:18

 

La asociación espera que todos los Gobiernos autonómicos garanticen que los usuarios recuperan las decenas de millones cobrados de más

 

En el marco del expediente informativo abierto a raíz la denuncia presentada por FACUA-Consumidores en Acción el pasado 28 de enero, la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha decidido este martes recomendar a las comunidades autónomas que impongan a las eléctricas las medidas solicitadas por la asociación.

Así, la CNE remitirá a los gobiernos autonómicos un informe con los criterios que, a su juicio, deben utilizarse para evaluar las actuaciones llevadas a cabo por las eléctricas en la facturación mensual. Y ello con el objetivo de que, "si lo estiman oportuno, [las comunidades autónomas] comuniquen a las empresas distribuidoras que, a juicio de la CNE, todas las facturas que no se han realizado conforme a ellos, deben de ser realizadas de nuevo procediéndose a la liquidación a los consumidores de las cantidades resultantes".

Cuatro gobiernos autonómicos, los de Andalucía, Baleares, Canarias y Extremadura, han aprobado ya resoluciones por las que instan a las eléctricas a la refacturación para que devuelvan a los usuarios las cantidades cobradas irregularmente.

FACUA muestra su satisfacción por la medida que llevará a cabo la CNE y espera que las trece comunidades autónomas que aún no lo han hecho impongan las mismas medidas a las compañías eléctricas, siguiendo así las recomendaciones de la Comisión.

En cualquier caso, la asociación demanda celeridad a la CNE en la conclusión de su expediente informativo. En este sentido, espera que el organismo esté analizando los protocolos de facturación que han seguido las compañías eléctricas, de manera que verifique, mediante el análisis de facturas, las graves irregularidades denunciadas por FACUA. Y ello independientemente de que también lo hagan las autoridades autonómicas.

Asimismo, FACUA también sigue a la espera de que las comunidades autónomas valoren la apertura de expedientes sancionadores a las eléctricas por haber aplicado las tarifas vigentes desde enero a parte de la energía consumida en noviembre y diciembre. Medida que ya ha emprendido el Govern balear.

Las irregularidades tras la subida de tarifas de enero

En relación a los cobros irregulares que se han producido en enero y febrero, al repercutir las tarifas vigentes desde comienzos de año a energía consumida a finales de 2008, la CNE indica que "si en un periodo de facturación, ya esté basada dicha facturación tanto en consumos estimados como en consumos reales, se produzca una modificación en los precios de la tarifa aplicable, se prorratearán los consumos estimados o reales, según el caso, por el número de días en los que es aplicable cada uno de tales diferentes precios".

Un protocolo de facturación que las eléctricas no han seguido, lo que les ha reportado decenas de millones de euros extra en enero y febrero, como ha denunciado FACUA ante la CNE, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y las autoridades de Industria y Consumo de las comunidades autónomas.

Los usuarios pueden verificar las cantidades que han abonado de más utilizando la herramienta creada por FACUA, disponible en la página web simuladores.facua.org.

Criterios generales sobre la facturación mensual

La CNE también plantea sus criterios, con carácter general, en relación al modelo de facturación mensual aprobado por el Ministerio de Industria, el cuál implica que un recibo se emite sobre la base de una estimación del consumo y el siguiente tras la lectura real del contador.

En este sentido, la Comisión indica que después de haber emitido una factura con lectura estimada, "una vez disponible el consumo real basado en la lectura del equipo de medida, las empresas distribuidoras procederán a realizar la facturación correspondiente a todo el periodo transcurrido entre las dos últimas lecturas reales".

"Al resultado de dicha facturación se descontarán las cantidades facturadas durante dicho periodo con base en consumos estimados y se adicionarán, en su caso, los recargos y/o bonificaciones a que haya lugar", esto es, los posibles recargos por superar un promedio diario por encima de los 500 kWh mensuales y las bonificaciones por los primeros 12,5 kWh de cada mes.

La CNE continúa señalando que "si del resultado final de la facturación realizada una vez disponible el consumo real basado en la lectura del equipo de medida, se derivase que el consumidor ha abonado cantidades en exceso, la empresa distribuidora deberá proceder de forma inmediata a la devolución de las cantidades cobradas indebidamente".

Así, "para aquellos suministros en que las facturaciones estén domiciliadas en una entidad bancaria, la empresa distribuidora deberá proceder al ingreso de la cantidad cobrada indebidamente en el plazo máximo de tres días hábiles. Para aquellos suministros en que las facturaciones no estén domiciliadas en una entidad bancaria, la empresa distribuidora deberá remitir al consumidor un documento de cobro a través de ventanilla bancaria, en un banco radicado en el municipio del suministro".

 

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